Todo lo que necesitas saber sobre los contratos de verano
Con la llegada del verano, las ofertas de empleo se disparan. Es el periodo de las jornadas intensivas y los refuerzos por vacaciones. Si estás buscando trabajo en esta época, estos son los contratos más comunes que te vas a encontrar.
Los 3 contratos temporales más frecuentes
La mayoría de las contrataciones en esta estación tienen “fecha de caducidad”, ya que se centran en cubrir la alta demanda turística:
Contrato de obra o servicio determinado: Se utiliza para una tarea con autonomía propia dentro de la actividad de la empresa. Su duración es limitada pero incierta, no pudiendo superar los 3 o 4 años según el convenio.
Contrato eventual por circunstancias de la producción: Es el más típico del verano. Se utiliza para cubrir un incremento puntual de trabajo (plantilla de refuerzo). Su duración máxima suele ser de 6 meses dentro de un año, aunque puede variar según el convenio sectorial.
Contrato de interinidad: Ideal para sustituir a trabajadores fijos que tienen reserva de puesto mientras disfrutan de sus turnos de vacaciones.
Otras modalidades populares en la temporada
Contrato de formación: Tiene una duración de entre 1 y 3 años. Evita la contratación puramente estacional y permite al trabajador seguir formándose con un salario nunca inferior al SMI.
Contrato fijo discontinuo: Se aplica cuando la actividad de la empresa es intermitente (festivales, eventos, caterings). Es un contrato estable pero con periodos de inactividad.
Tus derechos en la contratación temporal
En Empleabilidad ETT nos aseguramos de que cada contrato cumpla estrictamente con la ley. Como empleado temporal, ya sea a jornada completa o parcial, tienes los siguientes derechos:
El contrato debe formalizarse en el modelo oficial del SEPE.
Si hay representación sindical en la empresa, esta debe ser informada de tu contratación.
El periodo de prueba no es obligatorio; puede pactarse que no lo haya.
Tienes derecho a conocer las vacantes fijas que existan en la empresa para poder optar a ellas.
Al finalizar el contrato, te corresponde una indemnización (generalmente de 12 días por año trabajado para contratos actuales).
Tus derechos en cuanto a vacaciones y bajas son exactamente los mismos que los de un trabajador con contrato indefinido.










